TITULO SEGUNDO

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS

 

 

 

Artículo 12.- Todos los alumnos de nivel licenciatura de UTEGRA, Centro de Estudios Superiores tendrán los mismos derechos y obligaciones establecidos en el presente Reglamento y en la legislación de la Institución.

 

Artículo 13.- Son derechos de los alumnos los siguientes:

  1. Recibir educación y preparación académica integral de calidad por parte de UTEGRA, Centro de Estudios Superiores en los términos establecidos en los programas educativos vigentes, y que abarque conocimientos, habilidades, actitudes y relaciones;
  2. Recibir de sus maestros al inicio de cada cuatrimestre el programa de cada asignatura;
  3. Recibir de la Dirección el Calendario Escolar cuatrimestral, al inicio de cada cuatrimestre;
  4. Recibir el número de sesiones de clase y las actividades previstas para cada curso, en los lugares y horarios señalados para tal efecto, con puntualidad, regularidad y profesionalismo por parte de sus maestros;
  5. De conocer las condiciones de evaluación utilizadas por sus maestros de conformidad al presente Reglamento;
  6. Recibir información de su situación académica por parte de Control Escolar
  7. Presentar por escrito y en forma respetuosa de los mismos en un plazo no mayor de treinta días hábiles;
  8. Recibir de manera oportuna información, asesoría y tutoría respecto de los contenidos o unidades de aprendizaje de los programas educativos, así como acerca de los trámites escolares y servicios universitarios.
  9. Obtener reconocimiento en calificaciones por el aprendizaje demostrado en el aula, en actividades fuera de ella o de forma autodidacta;
  10. Obtener los documentos que comprueben o acrediten sus estudios, previo pago de las cuotas correspondientes;
  11. A expresar libremente sus opiniones para desarrollarse cultural y físicamente en un marco de respeto para la institución, los maestros y demás personal de la misma, así como de los otros alumnos, absteniéndose de fomentar asociaciones con fines políticos o religiosos, ni de realizar actividades proselitistas a favor de agrupación alguna que tenga estas características;
  12. De dar a conocer en forma respetuosa a profesores, a la Coordinación y demás autoridades sus inquietudes acerca de cualquier asunto relacionado con su formación académica;
  13. Esperar al docente cuando menos 15 minutos después de la hora señalada para la clase respectiva, pasados los cuales deberá acudir a la Coordinación para recibir instrucciones;
  14. De recurrir a la Coordinación o a la instancia correspondiente, cuando por causas justificadas se vean lesionados sus intereses académicos.
  15. De hacer uso de las instalaciones: aulas, bibliotecas, muebles, pizarrones, material didáctico, sanitarios, etc. Así como servicios que UTEGRA, Centro de Estudios Superiores en sus respectivos cursos, de acuerdo a los horarios y reglamentos correspondientes.
  16. De participar en todas las actividades académicas, culturales, deportivas y sociales que se promuevan en UTEGRA, Centro de Estudios Superiores para el alumnado.
  17. De ser tratado con respeto por sus profesores, personal académico y administrativo de la Institución.
  18. De obtener en los periodos establecidos una credencial de identificación que les permita el acceso a las instalaciones universitarias, previo el pago que las autoridades respectivas señalen.
  19. De ser sujeto a concurso de becas que otorga la institución, siempre y cuando cubra los requisitos y exista disponibilidad de las mismas.
  20. Presentar evaluaciones ordinarias, si su asistencia a cada una de las unidades de aprendizaje respectivas fue igual o mayor a 80% y examen extraordinario de regularización si el porcentaje está en el rango del 70 al 79%. Si el porcentaje de asistencia es menor al 70% el alumno repetirá curso, Así como al registro de los resultados correspondientes.
  21. De solicitar su baja, que otorgará la institución de acuerdo al procedimiento establecido por Control Escolar, previa entrevista con Coordinador.
  22. De recibir mención honorífica al final de su carrera, si durante la misma cumple con los siguientes requisitos:
    1. Haber sido alumno regular durante toda la carrera.
    2. Haber acumulado un promedio mínimo de 95
    3. Haber mantenido una conducta ejemplar en la institución.
    4. Haber realizado algún servicio de relevancia concreto a favor de la comunidad educativa.
    5. Haber demostrado siempre una identificación positiva y activa con UTEGRA Centro de Estudios Superiores, su misión, principios y filosofía, tanto dentro como fuera de la institución.
    6. No haber reprobado ninguna unidad de aprendizaje en evaluación ordinaria.

Artículo 14.- Los actos y trámites escolares que deben realizar los aspirantes, alumnos o egresados en forma personal son los siguientes:

  1. La asistencia a clases;
  2. Las actividades de aprendizaje asignadas;
  3. Las evaluaciones parciales y generales;
  4. El examen profesional y la toma de protesta;
  5. El trámite y la recepción de documentos oficiales relativos a la conclusión de los estudios; y
  6. Los demás que el Consejo Universitario determine, y que se señalen en los instructivos correspondientes.

Los trámites escolares no especificado en este artículo podrán realizarse mediante un representante, debidamente acreditado con carta poder otorgada por el interesado y firmada por dos testigos, la presentación de una identificación oficial del representante y la entrega de una copia fotostática de una identificación oficial de los testigos, así como del interesado.

Artículo 15.- Los alumnos podrán solicitar a Control Escolar de UTEGRA la documentación a que tengan derecho y se les entregará en el plazo establecido para cada trámite en particular, publicados en el mismo departamento.

Artículo 16.- Son obligaciones de todo alumno:

  1. Ser responsable de su proceso de formación profesional;
  2. Cumplir puntualmente con la totalidad de clases, práctica y requerimientos académicos exigidos en el programa de cada asignatura;
  3. Entregar los trabajos solicitados por los maestros, de acuerdo con los programas de las asignaturas, en tiempo y forma;
  4. Acatar y cumplir los Reglamentos de la Institución, así como las disposiciones académicas y administrativas de la misma;
  5. Cumplir las órdenes del personal académico y de las autoridades de la Institución;
  6. Apegarse a las fechas de aplicación de los exámenes;
  7. Efectuar de manera oportuna los trámites y gestiones escolares;
  8. Cubrir todos los requisitos y actividades académicas del programa educativo que cursen;
  9. Presentar las evaluaciones dentro de los periodos fijados;
  10. Cubrir las cuotas por los servicios que presta UTEGRA, Centro de Estudios Superiores en los montos y periodos aprobados por las autoridades;
  11. Proteger y conservar los edificios, mobiliario, material escolar, equipos y libros, y respetar su uso específico, así como en colaborar en mantenerlos limpios y en condiciones óptimas. La reparación de cualquier desperfecto o daño, ya sea total o parcial causado con dolo o negligencia por parte de los alumnos sobre cualquier objeto o inmueble de la Institución será cubierta por el grupo responsable; salvo en el caso de que se identifique al autor, quien en este caso deberá cubrir el costo total;
  12. Observar dentro de las instalaciones una conducta digna, mostrando consideración y respeto a los profesores, funcionarios, administrativos, empleados, visitantes y condiscípulos;
  13. Observar un vocabulario correspondiente a una persona culta y civilizada, propia de un estudiante universitario, por lo tanto es impropio utilizar en esta Institución palabras vulgares, soeces y de doble sentido;
  14. Respetar las pertenencias ajenas y responsabilizarse de las propias. La Institución no se hace responsable de la pérdida o extravió de libros, dinero material de trabajo;
  15. Los alumnos deberán presentarse con todo su material de trabajo y abstenerse de introducir a la institución artículos que no forman parte de su material escolar;
  16. Adquirir el material necesario para cursar el plan de estudios;
  17. Velar por el buen nombre y prestigio de su Alma Mater, dentro y fuera de la institución y coadyuvar con en ella en las iniciativas que con ese fin se promueven;
  18. Cooperar con la institución para el buen funcionamiento de la misma.
  19. Ser digno representante de la Institución ante la sociedad y un elemento positivo de enlace entre ellas;
  20. Identificarse con su credencial vigente expedida por la institución, cada vez que se le solicite por los profesores y por las autoridades universitarias, así mismo, deberá portar su credencial para acceder a la institución o para solicitar cualquier servicio que ofrece ésta para sus alumnos;
  21. Cumplir con los trámites estipulados reglamentariamente previos al acto recepcional;
  22. Asistir a la ceremonia de graduación al término de sus estudios, en el lugar, fecha y hora señalada por la institución;
  23. Solicitar permiso en caso de necesidad de ausentarse de la institución con base a los artículos respectivos; de lo contrario, causará baja;
  24. Asistir puntual a sus clases, prácticas y/o programas de actividades.
  25. Al alumno que se sorprenda sustrayendo algún libro de la Biblioteca será objeto de las sanciones establecidas en el Reglamento respectivo;
  26. Se prohíbe a los alumnos la asistencia a cursos diferentes a su mapa curricular.
  27. Se prohíbe a los alumnos introducir a las instalaciones de UTEGRA, Centro de Estudios Superiores armas, bebidas embriagantes, psicotrópicos o similares, material pornográfico o cualquier otra mercancía prohibida por las leyes, salvo en caso de prescripción médica comprobable o autorización por escrito de alguna autoridad competente;
  28. Se prohíbe ingerir alimentos fuera de las áreas destinadas para ello;
  29. Está prohibido fumar y/o consumir cualquier tipo de bebida embriagante o droga dentro de las instalaciones del Plantel;
  30. Queda prohibido a los alumnos ingresar a las instalaciones de UTEGRA, Centro de Estudios Superiores en estado de embriaguez, con aliento alcohólico o bajo los efectos enervantes;
  31. Los alumnos no tienen derecho a devolución de pagos efectuados, por ningún concepto;
  32. Las demás que señalen los Reglamentos expedidos por UTEGRA, Centro de Estudios Superiores y la Secretaría de Innovación Ciencia y Tecnología.

 

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