TITULO QUINTO

 

CAPÍTULO ÚNICO

REQUISITOS DE GRADUACIÓN

 

Artículo 52. Para obtener el grado, se reconocen como  modalidades  de Titulación en UTEGRA, Centro de Estudios Superiores, las siguientes opciones:

  1. Tesis: Trabajo de investigación inédito, que tendrá como objetivo presentar nuevos conocimientos, métodos, interpretaciones sobre cualquier aspecto de una realidad social determinada. En esta modalidad de titulación podrán integrarse equipos de tres candidatos a maestros.
  2. Artículo publicado en revista arbitrada
  3. Diseño de proyecto de investigación, aceptado en un programa de doctorado de la misma área de conocimiento de la maestría de la cual se pretende titular.
  4. Promedio superior: 9.5 (nueve punto cinco) o mayor, obtenido del resultado de la suma global de calificaciones alcanzadas en todas las asignaturas del plan de estudios, dividido entre el número total de éstas, habiendo cursado la maestría sin interrupciones por baja temporal y sin asignaturas recursadas.

 

Artículo 53. El plazo máximo para obtener el grado correspondiente al programa de Maestría cursado, será de veinticuatro meses, una vez concluido el tiempo de duración del programa establecido en el dictamen.

Artículo 54. Para obtener el grado de Maestro será necesario:

  1. Haber concluido el programa de Maestría correspondiente, cursando y aprobando la totalidad de las materias que conforman el plan de estudios con un promedio igual o superior a 80;
  2. Haber cumplido los requisitos señalados en el respectivo plan de estudios;
  3. Tener expediente completo;
  4. Presentar, defender y aprobar la tesis de grado producto de una investigación;
  5. Presentar constancia de no adeudo expedida por Control Escolar, y
  6. Cubrir los aranceles correspondientes.

Artículo 55. Con el propósito de evaluar el trabajo recepcional, la Coordinación de Maestría designará un jurado, conformado de la siguiente manera:

  1. Hasta cinco académicos, de los cuales dos podrán ser externos a la Institución o al programa, con formación afín al área de que se trate, al menos tres deberán ser parte de la planta académica de Maestría y uno de ellos será el Director de Tesis;
  2. Los miembros del jurado elegirán entre ellos a quienes fungirán como Presidente y Secretario, el resto serán vocales, y
  3. Para ser considerado como miembro del jurado, se deberá contar, por lo menos, con el grado de Maestro.

Artículo  56. Previo al examen de grado, es obligación de los miembros del jurado revisar el manuscrito de la tesis.

Artículo 57. El examen recepcional solo podrá llevarse a cabo si están presentes como mínimo tres miembros del jurado, entre los que se encuentre el Director de Tesis.

Artículo 58. Para los exámenes recepcionales el jurado emitirá los resultados de la evaluación en términos de aprobado o no aprobado.

Artículo 59. Las actas levantadas  con motivo de los exámenes recepcionales se deberán elaborar en tres tantos con firmas autógrafas, turnando uno a Control Escolar, uno al interesado y uno a la Coordinación de Maestría, mismas que contendrán lo siguiente:

  1. El lugar y la fecha en que se desarrollo la evaluación;
  2. Los nombres de los miembros que integran el Jurado;
  3. La modalidad y el tema del trabajo recepcional;
  4. El nombre del sustentante;
  5. El resultado que reportó del examen recepcional;
  6. La firma de los miembros del Jurado, autorización del Coordinador de Maestría y Visto Bueno de la Dirección;
  7. La toma de protesta del sustentante, y
  8. La firma del sustentante

 

 

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